Me han cancelado el vuelo.¿Qué puedo hacer?
¿Puedo reclamar daños?
Por fin han llegado para algunos las tan ansiadas vacaciones. Es tiempo de descansar y desconectar de la rutina diaria; y si encima puede ser en una playa paradisiaca o en un destino con encanto, mejor que mejor. Pero, y si una vez en el aeropuerto con la maleta preparada y ya en la cola de embarque nos cancelan en vuelo, ¿qué podemos hacer?, ¿tenemos derecho a reclamar los daños que nos han podido general por la cancelación imprevista?
Lo primero que has de tener en cuenta es que siempre que se produzca una cancelación del vuelo, salvo que la misma se deba a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso de haberse tomado todas las medidas razonables (lo que en derecho se conoce como FUERZA MAYOR), como pasajero afectado tendrás derecho, según la legislación vigente, a una compensación de tipo económico, salvo que:
- Se te haya informado de esa cancelación con dos semanas de antelación,
- Se te haya informado entre dos semanas y siete días antes y se te haya ofrecido transporte alternativo
- Se te haya informado de la misma con al menos siete días de antelación y se te haya ofrecido otro vuelo que te permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a tu vuelo, llegando a tu destino con menos de 2 horas de retraso.
Dicho en otras palabras y de forma mucho más breve, tendrás derecho a una compensación siempre que no se te haya avisado con antelación suficiente o siempre que no se te haya ofrecido alguna alternativa que te permita llegar a tu destino.
¿En qué consistirá esa compensación a la que puedo tener derecho?
El Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, establece en su artículo 7 que la cuantía variará en función de la distancia del vuelo, oscilando entre los 250,00€ por vuelos de hasta los 1.500 kilómetros de distancia y los 600,00€ para aquellos de más de 3.500 kilómetros.
Así pues, si tu idea era viajar a Madrid o Málaga desde Asturias para pasar el fin de semana y el vuelo se cancela podrías solicitar un compensación de 250,00€. Sin embargo si el destino era París la compensación alcanzaría la cantidad de 600,00€, por tratarse de un destino más alejado.
Estos importes serán abonados en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo con el pasajero, en bonos de viaje u otros servicios que puede prestar la compañía.
Así que, ya lo sabes, si este verano se cancela tu vuelo recuerda que podrás pedirle a la compañía aérea una compensación económica si no por todos los daños causados, si al menos por parte de ellos.